Carlitos Nair aseguró que la hija del expresidente ejercía el manejo de hecho de sus bienes y habría empleado ese poder en beneficio propio, en desmedro de los restantes herederos.
Zulema María Eva Menem, más conocida como “Zulemita”, fue sobreseída en la causa que le iniciara su hermano Carlos Nair, quien la acusó de haberse aprovechado del estado de salud del padre de ambos, el expresidente Carlos Saúl Menem, para hacerlo firmar documentos vinculados con su patrimonio en los años previos a su muerte, ocurrida en febrero de 2021, a los 90 años.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Nacional en lo Correccional y Criminal 8, a través de un fallo en el que se deja "expresa mención de que la formación de la presente causa en nada afecta el buen nombre y honor del que gozare" Zulemita.
Carlos Nair Menem había denunciado que su hermana habría abusado de las necesidades de su padre para hacerlo firmar diversos documentos con efectos jurídicos como un testamento por el que se le otorgaba el 33% del acervo hereditario, cuando, según los dichos del denunciante, los herederos del nombrado eran cuatro.
En la misma línea, Carlos Nair denunció que, incluso desde antes de la muerte de su padre, Zulemita ejercía el manejo de hecho de sus bienes y emolumentos, los cuales habría empleado en beneficio propio -desviándolos u ocultándolos-, obteniendo así un lucro indebido para su persona en desmedro de los restantes herederos.
El juez que decidió el sobreseimiento de Zulemita lo hizo a partir de un dictamen elaborado por el fiscal Ignacio Mahiques, según consta en el fallo de 15 páginas.
Entre otros elementos considerados para la decisión, se remarcó que el testamento cuestionado fue suscripto por el exmandatario en marzo del 2018 mientras Menem ejerció el cargo de Senador de la Nación, por lo que ocurrió en la misma época que "votó leyes y presentó proyectos, sin que se pusiera en tela de juicio el estado de sus facultades mentales".
"Numerosos elementos de prueba reunidos en autos han permitido descartar que, al suscribir el testamento en cuestión, el Dr. Carlos Saúl Menem padeciera algún cuadro que lo imposibilitase para administrar o disponer de sus bienes, o que le hubiese impedido actuar con pleno discernimiento y voluntad", se indicó en el fallo que siguió el temperamento propuesto por la fiscalía.
"Lo cierto es que el único elemento con el que se cuenta en autos para afirmar que el Dr. Carlos Saúl Menem padeció algún cuadro que le impidiera administrar o disponer de sus bienes resultan ser los solitarios dichos del denunciante, los cuales no han encontrado apoyo en ninguna de las otras pruebas incorporadas a la investigación", se indicó.
En la misma línea, en el fallo se resaltó que durante el trámite del expediente se le "recibió declaración testimonial a varios de los médicos que, a lo largo de sus últimos años, brindaron atención al Dr. Carlos Saúl Menem, todos los cuales coincidieron al remarcar que lo notaron orientado en tiempo y espacio, sin que presentase ningún indicio que los hiciera suponer que padeciera alguna insania o discapacidad".
"En definitiva, entonces, considero que los elementos probatorios hasta aquí incorporados han desacreditado por completo la versión de la querella y permiten concluir que, más allá de su avanzada edad y de los restantes problemas médicos que lo aquejaban, para el año 2018, el Dr. Carlos Saúl Menem no padecía ningún cuadro que lo imposibilitase para administrar o disponer de sus bienes, o que le hubiese impedido actuar con pleno discernimiento y voluntad", se lee en el fallo.
En la misma resolución, se indicó que tampoco se detectaron elementos concretos que permitan tener por demostrado que, de haber administrado los bienes de su padre, hubiera incurrido en un desmanejo o desvío fraudulento.