El fallo beneficia al jefe comunal de Ensenada, en el marco de una causa impulsada por Cambiemos. Era acusado de "coacción agravada".
El intendente kirchnerista de Ensenada, Mario Secco, fue absuelto en la causa en la que se investigaba su ingreso intempestivo a la Legislatura bonaerense durante una sesión de la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2017, cuando María Eugenia Vidal gobernaba la provincia de Buenos Aires.
El Tribunal en lo Criminal Nº2 de La Plata consideró que los hechos están prescriptos en dos de los tres delitos por los que se lo acusaba, y concluyó que no hubo coacción, la tercera imputación que se le hacía al jefe comunal. Con esos argumentos, dictó el sobreseimiento del intendente ultrakirchnerista y de otros cinco acusados, entre ellos, Nicolás Secco, hijo del mandatario municipal.
El tribunal, integrado por los jueces Claudio Bernard, Ezequiel Medrano y Carmen Palacios Arias, absolvió a Secco en el expediente que se le abrió por resistencia a la autoridad, perturbación al ejercicio de las funciones públicas y coacción agravada. Todo el episodio fue registrado por cámaras y teléfonos de los presentes. “Ha operado a la fecha el plazo de prescripción que invocan los imputados y sus defensas”, argumentaron los magistrados al referirse a los delitos de resistencia a la autoridad y perturbación al ejercicio de las funciones públicas.
Los jueces sostuvieron que “ninguna de las conductas se vinculan con el ejercicio de la función pública de uno de los imputados”. El Código Penal establece que la prescripción “se suspende en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública”. Por lo tanto, concluyeron que estaban vigentes los plazos habituales de la prescripción, es decir que los delitos prescribieron una vez transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para los mismos (entre 15 días y un año de prisión). Los acontecimientos juzgados sucedieron hace más de cinco años y medio.
Para absolver al jefe comunal de Unión por la Patria en la acusación por coacción agravada, los jueces Bernard, Medrano y Palacios Arias escribieron que “el tipo legal que el acuse sostiene en cabeza de los encartados exige, por parte del sujeto activo, el uso de amenazas con el propósito de obtener alguna medida o concesión por parte de cualquier miembro de los poderes públicos”. Además, resaltaron: “Se advierte con meridiana claridad que las conductas del grupo de personas que ingresaron a la Cámara de Diputados Provincial la tarde del 14 de diciembre de 2017, y puntualmente la conducta del encartado Mario Secco -individualizado por todos los presente- nada tiene que ver con los requisitos típicos de la figura en cuestión”.
El 14 de diciembre de 2017, mientras se desarrollaba la sesión en la Legislatura provincial, trabajadores del Banco Provincia marcharon en rechazo a la sanción de la reforma jubilatoria para los empleados de la entidad, que figuraba en el temario de proyectos a tratar.
En ese marco, y mientras los manifestantes fueron reprimidos por personal policial, Secco intentó detener el ataque, juntó cartuchos detonados e ingresó al recinto con proyectiles de posta de goma en sus manos. Ese incidente generó la apertura de la causa que ahora fue cerrada.