En medio de la discusión por la Ley Impositiva 2024, ARBA formalizó el plan de regularización de deudas que regirá durante todo el año que viene.
Con el proyecto de Ley Impositiva en el centro de la polémica, la Agencia de Recaudación Bonaerense (ARBA) oficializó un nuevo plan para que los contribuyentes se pongan al día con sus impuestos. El régimen de regularización de deudas salió en el Boletín Oficial de este jueves bajo la Resolución Normativa 36/23. ¿Quiénes pueden aprovechar este beneficio?
De acuerdo al texto de la norma, el plan de regularización estará vigente durante todo el 2024 y será para ponerse al día con los impuestos Inmobiliario, Automotores e Ingresos Brutos. El régimen es para deudas en instancia prejudicial, vencidas o devengadas.
Para acceder al plan de regularización, el trámite debe hacerse por la web oficial de ARBA (arba.gob.ar) con el CUIT y el CIT del contribuyente. En el caso de Ingresos Brutos se deberá seleccionar cada uno de los períodos que se pretenda regularizar. Para el Inmobiliario y para Automotores se deberá regularizar toda la deuda vencida entre el 1° de enero de 2024 y la fecha en que se formaliza la adhesión al plan.
El pago podrá realizarse al contado o en cuotas. En este último caso hay dos modalidades: entre 6 y 12 cuotas mensuales iguales y consecutivas con un interés de financiación del 7 por ciento mensual sobre el saldo y entre 15 y 24 cuotas con un interés del 6,5%.
El régimen de regularización tiene algunas excepciones. Según la Resolución, no podrán acogerse al plan las deudas de los agentes de recaudación, por gravámenes que hayan omitido retener o percibir, y por retenciones o percepciones efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término, incluso las provenientes de la aplicación de multas.
Tampoco las deudas que ya están reclamadas mediante juicio de apremio y las provenientes de regímenes de regularización vencidos entre el 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024.
Las deudas provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sometidas a proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas tampoco podrán regularizarse con este plan.
Finalmente, las deudas de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos provenientes del Régimen Simplificado y sus multas también quedaron excluidas del régimen.