La Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió la acción de amparo presentada por la CGT.
La Justicia resolvió la acción de amparo presentada por la CGT y declaró como inconstitucional la reforma laboral del mega DNU 70/2024 anunciado por el presidente Javier Milei en diciembre pasado.
La sentencia fue emitida por la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y lleva la firma de los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera.
El fallo recuerda que “la Corte estableció que, para que el Presidente de la Nación pueda ejercer legítimamente las excepcionales facultades legislativas que, en principio, le son ajenas” tiene que pasar que “las cámaras del Congreso no puedan reunirse por circunstancias de fuerza mayor” o que se requiera una urgencia “incompatible con el que demanda el trámite normal de las leyes”.
En esta línea, advierte que cuando se emitió el DNU “no se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano lelgislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas” que proponía el decreto.
Asimismo, señala “que los propios considerandos de dicho DNU traducen -al menos en lo que respecta a la materia laboral- que no se evidencia objetivamente la ‘necesidad’ de adoptar tan numerosas medidas” y que “lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizora que las que se alegan constituyan razones de ‘urgencia’ para eludir la debida intervención del Poder Legislativo”.
“La justicia nos dio la razón. La cámara laboral declaró inconstitucional todo el capítulo 4 del DNU”, celebró en su cuenta de X el secretario general de la CGT, Héctor Daer.