21 noviembre 2024

Proponen eximir de ingresos brutos transacciones menores a un salario mínimo, vital y móvil

"Está claro que el sistema actual no perjudica a los grandes contribuyentes, pero sí a los pequeños, porque les ocasiona consultar a un contador", afirmó el senador Marcelo Daletto, autor de la iniciativa.

El senador Marcelo Daletto (Cambio Federal) presentó un proyecto de Ley para eximir de Ingresos Brutos (IIBB) a las transacciones entre contribuyentes que no superen el equivalente a un salario mínimo vital y móvil -que hoy asciende a $271.571,22-, con el objetivo de que las personas que no facturen en el marco de una actividad comercial, puedan realizar sus pagos sin sufrir descuentos.

“Quienes están inscriptos en el régimen general o convenio multilateral de IIBB están expuestos a retenciones y/o percepciones a raíz de sus operaciones de depósito y/o transferencia, cualquiera sea el motivo por el cual se haya efectuado. Y por eso buscamos que quienes hagan transacciones que no corresponden a una actividad comercial y están por debajo del monto equivalente a un salario mínimo, vital y móvil, estén exentos de las retenciones”, dijo Daletto.

“Desde la pandemia se empezó a utilizar el pago entre particulares, por distintos motivos, a través de medios bancarios y billeteras virtuales, una modalidad que llegó para quedarse y se volvió parte de la vida cotidiana. Esto que fue por necesidad en un principio y se adoptó por practicidad, conlleva a sufrir retenciones indebidas dado que no son ingreso por actividad gravada en todos los casos”, dijo el Legislador.

“A las personas inscriptas en el convenio o régimen multilateral, cuando hacen movimientos en sus cuentas electrónicas se les termina descontando dinero siempre; a veces de forma errónea y otras de forma correcta. Con el sistema actual, el contribuyente que efectúa una operación correspondiente a su actividad comercial, emite una factura que va a pagar a través de la declaración jurada que realice su contador. Pero, cuando se haga una transferencia por debajo del salario mínimo, vital y móvil, el contribuyente para recuperar el monto retenido indebidamente debe contar con un contador al cual debe pagarle honorarios para hacer el reclamo y expuesto a que ARBA lo devuelva o no; en la práctica es dinero perdido para el contribuyente”.

“Somos conscientes de los problemas de recursos que tiene la Provincia pero esto se debe hacer recaudando bien dentro de la ley, sin perjuicio de los contribuyentes. Si bien respaldamos el trabajo de ARBA, que tiene la misión de generar los recursos para que el Estado pueda cumplir con sus fines, no podemos avalar los cobros indebidos”.

Para finalizar, el Senador sostuvo que “está claro que el sistema actual no perjudica a los grandes contribuyentes, pero sí a los pequeños, porque les ocasiona consultar a un contador. Por ejemplo, una mamá que aporta para un regalo grupal del colegio, quizá no cuenta con la misma energía para pelear contra ARBA que una empresa”.

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