La resolución que impide el cobro del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias pone en jaque a las pequeñas distribuidoras. Las complicaciones que genera la resolución del gobierno nacional.
“El escenario de las pequeñas distribuidoras municipales corre peligro”, señalaron desde la Subsecretaría de Energía de la provincia de Buenos Aires. La advertencia es a raíz de la decisión del gobierno nacional de intentar impedir el cobro del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias en las facturas del servicio eléctrico de las distribuidoras y cooperativas eléctricas.
En ese marco, explicaron que la resolución nacional (Nº 267/2024 del Boletín Oficial) pretende quitar de la factura uno de los tres conceptos fundamentales e inherentes al servicio eléctrico como lo es el del Fondo Compensador. Este último, creado por la Ley 11769 (Art. 45) tiene el propósito de compensar las diferencias de costos propios de distribución reconocidos entre los distintos concesionarios provinciales y municipales, y posibilita que usuarios de características similares de consumo en cuanto a uso y modalidad, abonen por el suministro iguales cantidades de energía eléctrica e importes equivalentes independientemente de las particularidades de su ubicación geográfica o forma de prestación.
A su vez, indicaron que este Fondo resulta de vital importancia para la estabilidad del sistema eléctrico provincial en tanto que asegura la prestación uniforme de los servicios públicos en cuanto a la continuidad, calidad y precio. Preserva la equidad e igualdad entre todos los prestadores y contribuye a alcanzar un régimen tarifario y de prestación de servicios único.
En la provincia de Buenos Aires, 197 de los 204 prestadores de servicios eléctricos reciben este fondo, con montos que varían según características como el grado de ruralidad y el tamaño de cada distribuidora, de manera de reforzar a aquellas distribuidoras más rurales y de menor tamaño. Si el fondo compensador no existiera, más de 100 localidades de la Provincia de Buenos Aires perderían su capacidad para sostener el servicio eléctrico.
El Fondo de Compensación Tarifaria es uno de los tres conceptos propios del servicio público eléctrico. Los otros dos son la Contribución provincial y municipal y la Tasa de Alumbrado Público. Estos tres conceptos son esenciales para la sostenibilidad del sistema eléctrico provincial y permiten garantizar la continuidad, calidad y uniformidad del servicio.
Desde el Gobierno bonaerense manifestaron que además de avanzar sobre la quita de la factura de los conceptos propios del servicio eléctrico, el gobierno nacional intenta quitar los conceptos ajenos.
El marco regulatorio que rige en el ámbito de la provincia de Buenos Aires aprobado por la Ley 11.769, prevé en su artículo Nº78 la posibilidad de incluir conceptos ajenos en la facturación del servicio eléctrico. La factura, como documento, configura un instrumento para otorgar operatividad al derecho de los usuarios, y les provee directamente información adecuada y veraz no solamente sobre su modalidad de consumo, sino también sobre sus derechos y obligaciones relacionados con el servicio público de electricidad.
A su vez, la provincia ha dictado diversas normas reglamentarias y complementarias a los fines de su implementación y es por ello que la resolución nacional no resulta de aplicación directa.
La decisión del gobierno nacional avasalla el marco regulatorio provincial y atenta contra las cooperativas eléctricas bonaerenses, fundamentales para garantizar el acceso a la electricidad en áreas que a menudo no son atendidas por grandes empresas eléctricas, y por consiguiente para el desarrollo económico y social de esas comunidades.