04 abril 2025

Javier Milei decretó más cambios con los derechos de autor y limitó a SADAIC

El decreto prohíbe la intervención de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música en acuerdos individuales entre autores y quienes deseen utilizar sus obras.

Javier Milei decretó más cambios con los derechos de autor y limitó a SADAIC
Foto: Presidencia

El presidente Javier Milei firmó un decreto que modifica el régimen de gestión colectiva de los derechos de autor administrados por la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC). La medida introduce cambios en la fiscalización, recaudación y distribución de los ingresos obtenidos por el uso de obras musicales en el país.

El decreto firmado por Milei, Francos y Cúneo Libarona entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Establece que SADAIC solo podrá gestionar los derechos de autores que le otorguen mandato expreso y prohíbe su intervención en acuerdos individuales entre autores y quienes deseen utilizar sus obras.

Al respecto, la norma explica: "La citada sociedad no podrá intervenir sin autorización del autor y/o compositor en la celebración de acuerdos particulares entre los autores y/o compositores argentinos y extranjeros y las personas humanas o jurídicas que quieran explotar su producción, y podrá cobrar únicamente por los usos que hayan sido objeto de acuerdos en los que haya participado".

Otro de los puntos clave es la creación de una Auditoría de Fiscalización y Planillas, bajo la órbita del Ministerio de Justicia, que tendrá la función de supervisar la administración de los fondos recaudados por SADAIC.

"El Auditor a cargo de la Auditoría de fiscalización y planillas asistirá obligatoriamente a las reuniones del Directorio de la Sociedad de Autores y Compositores de Música, con voz pero sin voto. En las actas se dejará constancia de sus informes y observaciones. No será tenido en cuenta para la formación del quorum", se precisa sobre esta novedad.

En cuanto a la distribución de los fondos, el decreto mantiene los porcentajes actuales hasta que la autoridad de aplicación determine nuevos valores. Se establece que SADAIC no podrá retener más del 30% de la recaudación en concepto de costos administrativos y operativos, y deberá adaptar su estatuto en un plazo de 180 días.

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